
Con base en el análisis de las diecisiete iniciativas materia del presente Dictamen, considerando las diversas rectificaciones y homologaciones de turnos correspondientes, estas Comisiones Unidas coincidimos en el texto del Decreto que a continuación se plantea, de conformidad con el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL PARA LA REGULACIÓN DEL CANNABIS Y REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
Artículo Primero: Se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis en los siguientes términos:
LEY FEDERAL PARA LA REGULACIÓN DEL CANNABIS
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto:
- I. La regulación del uso del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sostenible, en aras de mejorar las condiciones de vida de las personas que habitan en los Estados Unidos Mexicanos, prevenir y combatir las consecuencias del consumo problemático del cannabis psicoactivo y contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades;
- II. La regulación responsable, multidisciplinaria y transversal de los actos que a continuación se enlistan, según los usos legalmente permitidos del cannabis psicoactivo y sus derivados, con excepción del uso medicinal, así como del cannabis no psicoactivo conforme con lo dispuesto en la presente Ley y los ordenamientos aplicables:
- a) Almacenar;
- b) aprovechar;
- c) comercializar;
- d) consumir;
- e) cosechar;
- f) cultivar;
- g) distribuir;
- h) empaquetar;
- i) etiquetar;
- j) exportar;
- k) importar;
- l) investigar;
- m) patrocinar;
- n) plantar;
- o) portar, tener o poseer;
- p) preparar;
- q) producir;
- r) promover;
- s) publicitar;
- t) sembrar;
- u) transformar;
- v) transportar;
- w) suministrar;
- x) vender, y
- y) adquirir bajo cualquier título;
- III. Articular la regulación para el control sanitario del uso del cannabis y sus derivados, a través de los mecanismos aplicables para tal efecto, conforme a lo dispuesto en la presente Ley, reglamentos y demás ordenamientos aplicables, en lo que no se oponga a la Ley General de Salud;
- IV. La determinación específica de los mecanismos de testeado y trazabilidad a cargo del Estado, conforme con lo dispuesto en la presente Ley, reglamentos, normas oficiales y demás ordenamientos aplicables;
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